Ante las numerosas preguntas realizadas por compañeros en relación con la nota del servicio jurídico de CCOO sobre los recursos que estamos presentando contra el real decreto ley 8/2010 y las normas de desarrollo, queremos aclarar:
1.- los recursos que está presentando CCOO van dirigidos principalmente a conseguir declarar el Real Decreto Ley 8/2010, y las normas de desarrollo del mismo, inconstitucionales, que es lo que permitiría que dicho real decreto ley tenga que ser derogado y se obligue de esa forma al gobierno a restablecer los derechos anteriores a su publicación.
2.- hemos aconsejado a todos los trabajadores no presentar recursos de carácter individual, y lo hemos explicado en la nota informativa del servicio jurídico de CCOO: la sentencia o sentencias individuales que declaren conforme a derecho el contenido de las nóminas de junio 2010 y siguientes, por estar basadas en una norma con rango de ley publicada en el BOE, al ser cosa juzgada, dejaría a los trabajadores que lo hicieran sin derecho a reclamación posterior en el caso de que logremos desde CCOO declarar inconstitucional el RD ley 8/2010
3.- la explicación está ajustada y se basa en lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional 2/1979 de 3 de octubre, que dice textualmente en su artículo 40 uno:
Artículo 40.
Uno. Las sentencias declaratorias de la inconstitucionalidad de Leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley no permitirán revisar procesos fenecidos mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada en los que se haya hecho aplicación de las Leyes, disposiciones o actos inconstitucionales, salvo en el caso de los procesos penales o contencioso-administrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad.
Por tanto y por estas razones, CCOO considera, y así lo está haciendo desde que el Gobierno aprobó el RD Ley, que se deben presentar los recursos colectivos en defensa de los derechos de todos los empleados públicos contra todas las normas que derivan del Real Decreto Ley 8/2010 y que la actuación de animar a los compañeros a emprender recursos de carácter individual es un error, porque pudiera dar el resultado de sentencias desestimatorias, que dejaran, a los trabajadores que las obtuvieran, indefensos y sin derecho a reclamar, en caso que finalmente lográramos que se declararan inconstitucionales las normas impugnadas.
1.- los recursos que está presentando CCOO van dirigidos principalmente a conseguir declarar el Real Decreto Ley 8/2010, y las normas de desarrollo del mismo, inconstitucionales, que es lo que permitiría que dicho real decreto ley tenga que ser derogado y se obligue de esa forma al gobierno a restablecer los derechos anteriores a su publicación.2.- hemos aconsejado a todos los trabajadores no presentar recursos de carácter individual, y lo hemos explicado en la nota informativa del servicio jurídico de CCOO: la sentencia o sentencias individuales que declaren conforme a derecho el contenido de las nóminas de junio 2010 y siguientes, por estar basadas en una norma con rango de ley publicada en el BOE, al ser cosa juzgada, dejaría a los trabajadores que lo hicieran sin derecho a reclamación posterior en el caso de que logremos desde CCOO declarar inconstitucional el RD ley 8/2010
3.- la explicación está ajustada y se basa en lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional 2/1979 de 3 de octubre, que dice textualmente en su artículo 40 uno:
Artículo 40.
Uno. Las sentencias declaratorias de la inconstitucionalidad de Leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley no permitirán revisar procesos fenecidos mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada en los que se haya hecho aplicación de las Leyes, disposiciones o actos inconstitucionales, salvo en el caso de los procesos penales o contencioso-administrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad.
Por tanto y por estas razones, CCOO considera, y así lo está haciendo desde que el Gobierno aprobó el RD Ley, que se deben presentar los recursos colectivos en defensa de los derechos de todos los empleados públicos contra todas las normas que derivan del Real Decreto Ley 8/2010 y que la actuación de animar a los compañeros a emprender recursos de carácter individual es un error, porque pudiera dar el resultado de sentencias desestimatorias, que dejaran, a los trabajadores que las obtuvieran, indefensos y sin derecho a reclamar, en caso que finalmente lográramos que se declararan inconstitucionales las normas impugnadas.
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