domingo, 1 de enero de 2012

NO CUMPLIR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD ES DELITO


Berta Chulvi / ISTAS

“Cuando hay un incumplimiento evidente de las medidas preventivas a que obliga la ley, ya hay delito, aunque aún no haya una víctima directa de esa infracción”, esa es la idea que quiere transmitir Antonio García, responsable de los servicios jurídicos de CCOO de Madrid y autor, junto con Alejandro Domínguez, del estudio “Los delitos contra la salud de los trabajadores”.

Habéis publicado recientemente un amplio estudio que recoge la experiencia de los servicios jurídicos de CCOO en los juzgados de lo penal, ¿de qué estamos hablando?

Estamos hablando de un estudio en el que hemos recogido y sistematizado por temas todo el conjunto de conocimientos generado en CCOO de Madrid en torno a los delitos contra la salud de los trabajadores que han llegado a las salas de lo penal de los tribunales madrileños y en los que se ha personado el sindicato. Hemos obtenido 86 sentencias condenatorias que suman penas de más de 100 años de prisión y hemos acumulado una experiencia que ahora ponemos a disposición de todo el sindicato.


No ha sido fácil llegar con los delitos contra la salud de los trabajadores hasta los juzgados de lo penal...

Efectivamente, no ha sido fácil pero yo creo que la tendencia se ha invertido estos últimos años. No era de recibo que existiendo normas de prevención, procedimientos sancionadores, procedimientos penales y una legislación que considera determinadas conductas como delictivas, pues simplemente no se aplicara. Esto decía muy poco a favor de las personas implicadas en la lucha contra la siniestralidad, me refiero a los organismos y los poderes públicos.

¿Qué ha facilitado ese cambio de tendencia y en qué se manifiesta?

La propia revisión del Código Penal de 1995 marca un punto de partida interesante. A partir de ahí hay aspectos importantes, como la mayor sensibilización de toda la sociedad, incluidos los sindicatos. Hay que recordar que la Confederación de CCOO aprobó en 1998, en comisión ejecutiva, la necesidad de personarse en los procedimientos penales en ejercicio de la acusación popular. Y además se han hecho distintas acciones de formación y sensibilización con jueces y fiscales. Y en numerosas comunidades se han creado fiscalías específicas de siniestralidad laboral. Es decir, que desde distintos ámbitos de la sociedad y del mundo judicial y sindical se ha hecho un esfuerzo para aplicar la ley, que es de lo que se trata.

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