lunes, 5 de noviembre de 2012

Aprobado el reglamento que facilita el despido colectivo del personal laboral de las Administraciones Públicas


El Gobierno abre la puerta a los despidos colectivos en el sector público, privando incluso al personal afectado, cerca de 700.000 empleados públicos laborales, de la posibilidad de reducir la jornada o sufrir su aplicación de manera temporal, ya que el único método que contempla es la extinción de contratos o el despido. La medida justifica por si sola la convocatoria de la huelga general del 14-N.

El Boletín Oficial del Estado publica ayer el Real Decreto 1483/2012 de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despedido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.

Este Real Decreto modifica sustancialmente el texto inicialmente propuesto a las organizaciones sindicales y remitido al Consejo de Estado en verano, en el que se consideraba como causa de despido colectivo la reducción del 10% de las transferencias presupuestarias frente al  5% anual de reducción del nuevo redactado.


Dentro de su articulado, se dedica un título completo a la regulación del procedimiento de despido colectivo aplicable a todo el personal laboral del ámbito de las Administraciones Públicas, que ya estaba contemplado en la disposición adicional vigésima del Estatuto de los Trabajadores.

Con este real decreto el Gobierno quiere reducir la plantilla de empleados públicos,  hacerlo de la forma más rápida posible bajo criterios estrictamente presupuestarios sujetos a decisiones políticas, que en muchos casos resultan totalmente contradictorias con las diversas manifestaciones del actual Gobierno en relación a mantener unos servicios públicos de calidad en áreas tan importantes para nosotros como ciudadanos como la sanidad, los servios sociales y de dependencia, la educación, la justicia, los servicios de salvamento, las seguridad ciudadana...etc. No entendiendo porque no se tocan otras partidas presupuestarias como gastos de representación, viajes, inmuebles...etc.

El nuevo real decreto recoge en su articulado el sistema que permite el despido colectivo en la Administración cuando las transferencias a ayuntamientos o comunidades autónomas bajen un 5% en un año o un 7% durante dos ejercicios. Igualmente, permite reducir plantilla por entes, organismos o entidades públicas cuyas aportaciones presupuestarias sufran un descenso de igual porcentaje y además la administración pública en el que se integra el departamento o ente que opte por un despido colectivo tendrá que haber cerrado el año anterior con déficit.

Esta medida que ya estaba recogida en la reforma laboral, y a la que FSC-CCOO combatió con una huelga general, no conduce más que a una destrucción masiva de empleos, en un país con una tasa de desempleo por encima del 25%, expulsando a los empleados y empleadas públicas a una situación de desempleo con una indemnización mínima de 20 días por año trabajado y un tope 12 mensualidades.

La medida deja claro la poca importancia que la Administración concede a los trabajadores públicos, ya que serán los únicos trabajadores de este país que no podrán acogerse a un expediente de regulación que no suponga la extinción de su contrato, lo que demuestra claramente la intención de desmantelar el empleo publico que este Gobierno tiene, puesto en manifiesto en el ultimo trimestre de la encuesta de población activa (EPA) que ha reflejado una perdida de 117.000 empleos públicos.

Por todo ello, para CCOO, el Real Decreto-Ley aprobado en el Consejo de Ministros del viernes incurre en inconstitucionalidad porque vulnera los siguientes artículos constitucionales: el artículo 35. 1 de la CE, derecho al trabajo y a la estabilidad del empleo el artículo 24.1 de la CE, derecho a la tutela judicial efectiva como consecuencia de la nueva regulación de las causas del despido que impiden el control jurisdiccional de las mismas el  artículo 14 de la CE, derecho a la igualdad de trato como consecuencia de la desigualdad extrema, desproporcionada y carente de justificación objetiva y razonable en la que se sitúa al personal laboral en el sector público y el  artículo 103 de la CE, que declara los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público. Por lo que CCOO presentará recurso de inconstitucionalidad.

Porque no es solamente es una cuestión del número de empleados públicos, de condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras públicos, sino además de mantener unos servios a la ciudadanía de calidad a los que todos tenemos derecho y financiamos con nuestros impuestos. Por todo ello os pedimos vuestra participación activa en la huelga general del 14 de noviembre.

Porque esta medida, que es consecuencia directa de la última reforma laboral, carga si cabe con más razones a los sindicatos para la convocatoria de la huelga general para el próximo 14 de noviembre, tanto en la Administración General del Estado como en el resto de administraciones territoriales. 

¡No al desmantelamiento de los servicios públicos!

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