El Gobierno abre la puerta a los despidos colectivos en el sector
público, privando incluso al personal afectado, cerca de 700.000 empleados
públicos laborales, de la posibilidad de reducir la jornada o sufrir su
aplicación de manera temporal, ya que el único método que contempla es la extinción
de contratos o el despido. La medida justifica por si sola la convocatoria de
la huelga general del 14-N.
El Boletín Oficial del Estado publica ayer el Real Decreto 1483/2012 de
29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de
despedido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
Este Real Decreto modifica sustancialmente el texto inicialmente
propuesto a las organizaciones sindicales y remitido al Consejo de Estado en
verano, en el que se consideraba como causa de despido colectivo la reducción
del 10% de las transferencias presupuestarias frente al 5% anual de reducción
del nuevo redactado.
Dentro de su articulado, se dedica un título completo a la regulación
del procedimiento de despido colectivo aplicable a todo el personal laboral del
ámbito de las Administraciones Públicas, que ya estaba contemplado en la
disposición adicional vigésima del Estatuto de los Trabajadores.
Con este real decreto el Gobierno quiere reducir la plantilla de
empleados públicos, hacerlo de la forma más rápida posible bajo criterios
estrictamente presupuestarios sujetos a decisiones políticas, que en muchos
casos resultan totalmente contradictorias con las diversas manifestaciones del
actual Gobierno en relación a mantener unos servicios públicos de calidad en
áreas tan importantes para nosotros como ciudadanos como la sanidad, los
servios sociales y de dependencia, la educación, la justicia, los servicios de
salvamento, las seguridad ciudadana...etc. No entendiendo porque no se tocan
otras partidas presupuestarias como gastos de representación, viajes,
inmuebles...etc.
El nuevo real decreto recoge en su articulado el sistema que permite el
despido colectivo en la
Administración cuando las transferencias a ayuntamientos o
comunidades autónomas bajen un 5% en un año o un 7% durante dos ejercicios.
Igualmente, permite reducir plantilla por entes, organismos o entidades
públicas cuyas aportaciones presupuestarias sufran un descenso de igual
porcentaje y además la administración pública en el que se integra el
departamento o ente que opte por un despido colectivo tendrá que haber cerrado
el año anterior con déficit.
Esta medida que ya estaba recogida en la reforma laboral, y a la que
FSC-CCOO combatió con una huelga general, no conduce más que a una destrucción
masiva de empleos, en un país con una tasa de desempleo por encima del 25%,
expulsando a los empleados y empleadas públicas a una situación de desempleo
con una indemnización mínima de 20 días por año trabajado y un tope 12
mensualidades.
La medida deja claro la poca importancia que la Administración
concede a los trabajadores públicos, ya que serán los únicos trabajadores de
este país que no podrán acogerse a un expediente de regulación que no suponga
la extinción de su contrato, lo que demuestra claramente la intención de
desmantelar el empleo publico que este Gobierno tiene, puesto en manifiesto en
el ultimo trimestre de la encuesta de población activa (EPA) que ha reflejado
una perdida de 117.000 empleos públicos.
Por todo ello, para CCOO, el Real Decreto-Ley aprobado en el Consejo de
Ministros del viernes incurre en inconstitucionalidad porque vulnera los
siguientes artículos constitucionales: el artículo 35. 1 de la CE , derecho al trabajo y a la
estabilidad del empleo el artículo 24.1 de la CE , derecho a la tutela judicial efectiva como
consecuencia de la nueva regulación de las causas del despido que impiden el
control jurisdiccional de las mismas el artículo 14 de la CE , derecho a la igualdad de
trato como consecuencia de la desigualdad extrema, desproporcionada y carente
de justificación objetiva y razonable en la que se sitúa al personal laboral en
el sector público y el artículo 103 de la CE , que declara los principios de igualdad,
mérito y capacidad en el acceso al empleo público. Por lo que CCOO presentará
recurso de inconstitucionalidad.
Porque no es solamente es una cuestión del número de empleados públicos,
de condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras públicos, sino
además de mantener unos servios a la ciudadanía de calidad a los que todos
tenemos derecho y financiamos con nuestros impuestos. Por todo ello os pedimos
vuestra participación activa en la huelga general del 14 de noviembre.
Porque esta medida, que es consecuencia directa de la última reforma
laboral, carga si cabe con más razones a los sindicatos para la convocatoria de
la huelga general para el próximo 14 de noviembre, tanto en la Administración General
del Estado como en el resto de administraciones territoriales.
¡No al desmantelamiento de los servicios públicos!
Más información:
- CCOO presentará recurso de inconstitucionalidad
- Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
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