miércoles, 22 de enero de 2014

CCOO reclama la revisión del recorte retributivo del 2010, aplicado al Grupo E.

En el año 2010 fue aprobado el Real Decreto 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, con objeto de reducir las retribuciones del personal al servicio del sector público en una media del 5%, con efectos de 1 de junio de 2010 y respecto de las vigentes a 31 de mayo de este mismo año. Esta medida de reducción de retribuciones pretendía minimizar sus efectos sobre los salarios más bajos, por lo que se aplicaron con criterios de progresividad para el personal funcionario, considerando que al personal funcionario Grupo E (agrupaciones profesionales), no se le aplica ninguna reducción en las retribuciones básicas, mientras que en las complementarias la reducción será con carácter personal de 1%.

No obstante, desde Recursos Humanos del Ayuntamiento de Elche, realizaban otra interpretación de la norma, ya que aplicó el criterio de reducir el 5 % a todos sus funcionarios del grupo E. De esta forma el Ayuntamiento de Elche causa un perjuicio innecesario e indebido a los funcionarios del grupo E, agrupaciones profesionales, que ven reducidos en exceso su salario de una manera gravosa al ser el colectivo más débil, en términos retributivos.

Recientemente el Juzgado n. 7 de Valencia (756/2010) dictó sentencia contra el Ayuntamiento de Oliva, que obliga a esa corporación a rectificar la reducción del porcentaje aplicado al Grupo E y dice “deberá ser reducido en el porcentaje legal del 1%, y no en un 5%, como se ha llevado a cabo”. Dicha sentencia fue apelada por el Ayuntamiento y se desestimó con fecha de 18 de octubre de 2013 por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana -Sala de lo Contencioso Administrativo- (sentencia 745/2013).

En base a esta sentencia, el pasado 11 de diciembre, CCOO solicitamos al ayuntamiento que revise la reducción retributiva efectuada al Grupo E ajustándose al criterio de interpretación de la norma sobre reducción de las retribuciones que ordena RD. Ley 8/2010 medidas extraordinarias de reducción del déficit Publico y proceda a aplicar la Resolución de 25 de mayo de 2010 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se dictan las instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios, y en concreto respecto de los funcionarios del Grupo E, agrupaciones profesionales, sobre los que no debe aplicarse reducción en las retribuciones básicas y en las complementarias debe de aplicarse una reducción con carácter personal del 1%. Hasta la fecha no hemos recibido contestación.

Todos sabemos que las reclamaciones económicas tienen un periodo de reclamación de cuatro años, es por ello que desde CCOO estamos aconsejando a todos los trabajadores del Grupo E presenten reclamación individual solicitando se revise la reducción que en su momento se les aplicó y que según la sentencia citada no se ajusta a la normativa a aplicar.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...